DECRETO CADUCIDADE ESTRANXEIROS 1.2025
EXP: 2025/G003/000386
CADUCIDAD Y BAJA DE EXTRANJEROS NO COMUNITARIOS (ENCSARP) EN EL PADRÓN MUNICIPAL DE HABITANTES
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al no haber sido posible la práctica de la notificación personal a las personas que a continuación se relacionan, se publica el presente anuncio y se comunica:
Que por Resolución de Alcaldía 361/2025 se acuerda practicar las correspondientes bajas en el Padrón Municipal de Habitantes, por caducidad de su inscripción padronal al no haber realizado su correspondiente renovación, con efectos desde el día de la publicación de este anuncio el Boletín Oficial del Estado.
Se tramitan sus bajas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1 de la Ley 7/1985 modificada por la Ley Orgánica 14/2003 y en la Resolución del 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del padrón municipal.
El contenido íntegro del expediente: 2025/G003/0000386, queda a disposición de los interesados en el Departamento de Estadística de este Ayuntamiento en horario de 8:00 a 15:00 horas.
Documento Nome e Apelidos
****1859* ALCALA SEGOVIA, MICHAEL PHILLIP
*****7541 BENAZZI, KARIM
****0815* OLIVEROS LOPEZ, ANGEL DANIEL
*****7780 PONTES DE OLIVEIRA, BRUNO
*****9459 SILVA DOS ANJOS, ROSEMIRA
****1407* ZHAO, BAOYU
Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, con indicación de que contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer los siguientes recursos:
Con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó este acuerdo en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo en los términos de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Si se opta por la interposición de este recurso deberá ser resuelto y notificado en el plazo de un mes. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que tenga recaída resolución en el plazo indicado, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo.
Contra la resolución expresa del recurso de reposición podrá interponer recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de este acto. Si la resolución no fuera expresa, el plazo de interposición del recurso contencioso-administrativo será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquel en que deba entender desestimado el recurso potestativo de reposición interpuesto.
Interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo, en la forma prevista en la legislación de dicha jurisdicción contencioso-administrativa.
Interponer cualquier otro recurso que estime procedente.